Interbank rate
Euro (EUR)
Cuban Peso (CUP)
August 4, 2005
70 =
1813.10
80 =
2072.11
90 =
2331.13
Put it into your wallet before you travel..
La nuevas
regulaciones cambiarias en Cuba. Su influencia en las
remesas. Preguntas y Respuestas.
Preguntas y respuesta sobre las nuevas regulaciones
bancarias en Cuba.
Implicaciones para los que envían y reciben remesas en Cuba
desde el exterior.
1. ¿Cuál es el significado práctico del acuerdo 15?
En esencia la medida anunciada significa que la tasa de
cambio del peso cubano convertible con relación al dólar
estadounidense y demás monedas extranjeras se revalúa en un
8% a partir del día 9 de abril.
Hay que precisar que la medida no solo elimina la paridad
entre el peso cubano convertible CUC y el dólar, sino que
también establece una diferencia entre la tasa de venta y de
compra como ocurre en la actualidad con el resto de las
divisas.
Para los que envían remesas desde el exterior esto implica
que ahora el costo de los envíos se encarecerá como mínimo
en un 8 % puesto que el valor de la moneda a entregar en
Cuba se ha revaluado.
El efecto de la aplicación de esta medida pudiera
incrementar el costo de los envíos hasta un 11 % en
dependencia de la vía utilizada y la moneda que se use para
hacerlos.
El poder adquisitivo de la moneda cubana aumentará su valor
también proporcionalmente.
2. ¿Cómo se realizan los cálculos para determinar cuantos
pesos convertibles se dan por un dólar?
Para calcular cuantos CUC se pueden comprar con un USD deben
tomarse en cuenta tres elementos o factores: el gravamen
implementado por la Resolución 80, del 10%, la apreciación
anunciada en el Acuerdo No.15 del Comité de Política
Monetaria, del 8%, y el margen comercial que se aplica en
este tipo de transacciones, que es variable pero estará en
el entorno del 3,5%. Con estos elementos se puede calcular
que por cien dólares se recibirán aproximadamente 80.42
pesos convertibles.
Esto afecta directamente a quienes reciben USD de Los
Estados Unidos, como es el caso de
WesternUnion y otras
agencias que se dedican fundamentalmente en USA a hacer
envíos en efectivo hacia Cuba.
3. ¿Y cuántos dólares se obtienen con un peso convertible?
Para la compra de dólares a partir de la divisa nacional,
solo se tiene en cuenta el 8% relacionado con la apreciación
y el margen comercial ya explicado. Por cien pesos
convertibles se podrán obtener aproximadamente 104.22
dólares.
Los beneficiarios que reciban remesas a través de los
servicios de
www.familyremittances.com o
www.cash2cuba.com se benefician pues reciben la remesa
en CUC que una moneda revaluada y por tanto más fuerte. Si
desean podrán canjear los CUC por cualquier otra moneda
extranjera, incluyendo el USD, beneficiándose con el cambio.
4. ¿Cómo será la relación entre el peso cubano y el dólar a
partir del 9 de abril?
Con relación al peso cubano, hay que decir que después del
día 9 de abril, con un dólar se podrán comprar 20 pesos
cubanos, que resulta de aplicarle el gravamen del 10% y la
devaluación del 8% al dólar y con el resultado en pesos
convertibles comprar los pesos cubanos a 24 pesos cubanos
por un peso convertible. Para comprar dólares a partir de
pesos cubanos deben comprarse previamente pesos convertibles
al tipo de cambio vigente de 25 por 1.
La reevaluación del CUC afecta directamente a los que
reciben dinero por WesternUnion y otras agencias que
transfieren USD de los Estados Unidos a Cuba.
El peso cubano adquiere valor y preferencia entre la
población en Cuba. Su uso se incrementará sucesivamente en
los próximos meses.
Los clientes de www.familyremittances.com y
www.cash2cuba.com
que reciban sus remesas en CUC obtendrán ventajas al comprar
pesos cubanos con CUC.
5. ¿Existen límites para el canje de dólares de
EE.UU. por pesos convertibles, y
para el recanje?
No existen límites para la compra de pesos convertibles con
dólares de EE.UU. (canje), ni
para la compra de dólares de EE.UU.
u otra moneda convertible con pesos convertibles (recanje).
Pueden existir dificultades para la compra de USD por no
existir suficiente oferta de dinero disponible al momento de
comprar.
El servicio de la venta de divisas, puede no estar
disponible en todos los establecimientos de cambios.
6. ¿En qué medida se afectan las otras divisas
internacionales con relación a nuestro peso cubano
convertible?
El resto de las divisas internacionales pierden el 8% de su
valor con relación al peso cubano convertible, en este caso
el tipo de cambio variará en dependencia de la cotización
internacional de éstas con respecto al dólar. No se aplica
el gravamen, que sólo rige la compra de monedas a partir del
dólar en efectivo.
En el caso de los que utilizan Euros para hacer sus envíos,
los destinatarios en Cuba recibirán una ventaja comparativa.
Esta moneda se ha venido revalorizando en los últimos anos
en una proporción muy superior a la corrección que se hace
actualmente del 8 %. Por tanto los que reciben remesas en
CUC en Cuba, como es el caso de las remesas enviadas por
www.familyremittances.com y
www.cash2cuba.com proveniente de fuentes en Euros
estarán en ventaja en relación con los que lo hacen en USD
desde los Estados Unidos.
7. ¿Cómo será la relación entre el peso cubano convertible y
el peso cubano?
El peso cubano mantendrá la tasa de cambio con el peso
cubano convertible establecida en el Acuerdo No.13 del
Comité de Política Monetaria del Banco Central de Cuba. Es
decir, con 25 pesos cubanos se podrá comprar un peso cubano
convertible y a su vez este se venderá por 24 pesos cubanos.
Como tendencia, los pesos cubanos es una moneda que tiende a
revalorizarse a más ritmo y mayor profundidad que el propio
CUC.
Paulatinamente, habrá una mayor oferta de bienes y
servicios que podrán ser adquiridos en Cuba en pesos
cubanos con precios más competitivos. Esta es la política
expresa del Gobierno Cubano.
Se evaluará una opción adicional para el servicio de envíos
de remesas permitiendo que el destinatario en Cuba reciba
Pesos Cubanos.
8. ¿Existirán cambios en las operaciones monetarias antes
del 9 de abril?
Es importante destacar que desde el momento del anuncio del
Acuerdo No. 15, el pasado 24 de marzo, y hasta el próximo 9
de abril todo seguirá como hasta la fecha, es decir, regirán
las mismas reglas y no se percibirá ningún cambio en las
operaciones monetarias. Este plazo de casi dos semanas
servirá para que nuestra población tome las decisiones que
estime más convenientes sobre sus activos monetarios,
efectivo o cuentas de ahorros, aprovechando las garantías y
coberturas incluidas en el referido acuerdo, todas ellas
estructuradas bajo los principios que rigen la política de
la Revolución de dar absolutas garantías a los fondos
depositados en los bancos en sus diferentes modalidades
antes de la fecha establecida para la implementación de esta
medida.
Es recomendable que antes de esa fecha los fondos en divisas
que no estén en CUC o Pesos Cubanos respectivamente se
conviertan a estas monedas convenientemente.
Siempre que el objetivo del uso del dinero sea para realizar
transacciones en el territorio nacional de la República de
Cuba lo mas apropiado es tener
disponible las monedas que se usan en el país: Pesos
Convertibles (CUC) y/o Pesos Cubanos.
9. ¿La medida está asociada a algún incremento de precios?
No. Los precios se mantienen como hasta ahora.
Aún si los precios no subieran durante este ano, la
reevaluación traería beneficios tanto para los que envían
dinero como para los que reciben.
Durante el año 2004 se observó un incremento de precios al
consumidor en las tiendas recaudadoras de divisas de
alrededor de un 20 %. Si no hubiera ocurrido la reevaluación
del CUC, la tendencia inflacionaria se hubiera mantenido
este año quizás a mayor ritmo. Por tanto la medida favorece
la contención de la inflación e incluso la tendencia a
disminuir los precios al consumidor. Eso es ventajoso para
todos los que reciben remesas del exterior sin distinción.
10. ¿Cual será el procedimiento a seguir con las cuentas en
dólares abiertas con posterioridad al 15 de noviembre?
Las cuentas denominadas en dólares abiertas con
posterioridad al 15 de noviembre, conocidas también como
cuentas monederos o alcancías,
podrán incrementar su saldo, vía depósito de efectivo en
dólares, hasta el 8 de abril. Después de esa fecha, los
saldos acumulados podrán ser extraídos sin
limite de tiempo y sin
restricción alguna directamente en dólares o ser canjeados a
pesos cubanos convertibles a la tasa uno por uno,
aplicándole el gravamen del 10 por ciento. Bajo esta
alternativa, el titular de la cuenta no se afectaría por la
nueva devaluación del dólar frente al peso cubano
convertible.
Es siempre conveniente que las remesas lleguen a las cuentas
bancarias de los destinatarios en Cuba en CUC. Así se
evitaran contratiempos con futuras medidas que impliquen
nuevas revaloraciones monetarias de las monedas cubanas.
11. ¿Se mantendrá la convertibilidad del peso convertible
respecto al dólar de EE.UU.?
Sí. Esto significa que se podrán adquirir dólares de
EE.UU. con pesos convertibles
sin ninguna restricción como se ha venido haciendo
normalmente en las sucursales bancarias. A partir del 9 de
abril por un peso cubano convertible se podrá adquirir
aproximadamente un dólar con cuatro centavos.
Antes de la reevaluación, un beneficiario de remesas,
obtenía 1 USD por cada CUC.
Ahora, con el CUC reevaluado y por tanto, como moneda de más
valor, un beneficiario de remesas obtiene aproximadamente
1.04 USD por cada CUC.
12. ¿Por qué se mantiene el gravamen del 10% al dólar en
efectivo?
Al gravar los dólares de EE.UU.
en efectivo que se reciben en el país se cumplen dos
objetivos: compensar los costos y riesgos asociados con el
traslado físico de los dólares de EE.UU.
en efectivo hacia el exterior en las condiciones actuales; y
motivar económicamente a todos los que ingresan dólares de
EE.UU. en efectivo en el país, a
que lo hagan por vías bancarias, o con otras monedas que no
tienen estas dificultades (euros, dólares canadienses,
libras esterlinas y francos suizos).
El dinero enviado se recibe en Canadá y se entrega en Cuba
por medio de instituciones financieras, es decir, NO SE
AFECTAN por el gravamen del 10 % sobre el USD.
Este gravamen no se aplica ni al que envía la remesa ni al
que la recibe, esa es la ventaja de enviar remesas por
nuestra vía en lugar de hacerlo por otras que sí se afectan
por este gravamen, como es el caso de
WesternUnion.
PREGUNTAS GENERALES
1. ¿La revalorización del peso cubano convertible afectará a
aquellas personas con depósitos bancarios en nuestro sistema
bancario?
No. Todo lo contrario, a partir del día 9 de abril quienes
tengan depósitos en pesos cubanos convertibles verán
revaluados sus fondos porque nuestra moneda tendrá más valor
frente al dólar. Lo mismo ocurrirá por carácter transitivo
para los que posean cuentas en pesos cubanos. Los dólares
depositados en cuentas de ahorro antes del 9 de abril
preservarán su valor de 1X1 con relación al peso cubano
convertible.
2. ¿Cómo se verán afectadas las cuentas de ahorro que
nuestra población mantiene en los bancos en pesos cubanos y
pesos cubanos convertibles?
En ambos casos estas cuentas se revalúan con relación al
dólar. Adicionalmente hay que precisar que las cuentas
denominadas en pesos cubanos y pesos cubanos convertibles
mantendrán todos sus atributos y operatoria.
3. ¿Cuáles son las implicaciones de esta medida para las
cuentas en dólares abiertas antes del 15 de noviembre?
Las transacciones relacionadas con estas cuentas bancarias
mantendrán todas las prerrogativas previstas en la
Resolución 80 hasta el día 9 abril. Es decir, los saldos de
estas cuentas podrán ser incrementados a partir de depósitos
de efectivo en pesos cubanos convertibles y a través de
transferencias bancarias en cualquier moneda libremente
convertible; como hasta ahora, en estas cuentas no se
aceptarán depósitos en efectivo de dólares estadounidenses.
Contra estas cuentas se podrá realizar extracciones en
dólares de EEUU o pesos cubanos convertibles a la tasa 1X1,
sin la aplicación del gravamen.
A
partir del 9 de abril en dichas cuentas no se podrán hacer
nuevos depósitos, es decir, sus saldos no podrán ser
incrementados por ninguna vía; sin embargo, se podrán
continuar realizando extracciones en cualquier momento, sin
limite de tiempo y sin restricción alguna en dólares o en
pesos cubanos convertibles a elección del cliente, a la tasa
de 1 por 1 y sin la aplicación del gravamen. Estas cuentas
continuarán percibiendo los intereses correspondientes.
4. ¿Es posible cambiar la denominación de los saldos de las
cuentas de ahorros en dólares y pesos convertibles a pesos
cubanos?
Si. A partir del 18 de marzo, a los titulares de cuentas de
ahorros a la vista denominadas en pesos cubanos
convertibles y/o en dólares estadounidenses, en un banco
comercial de nuestro sistema financiero, se les permite
solicitar que se les cambie el monto total o parte de su
ahorro a pesos cubanos. Es importante tener presente que a
las cuentas de ahorros en dólares estadounidenses abiertas
después del 15 de noviembre, al cambiarse a pesos cubanos,
se les aplicará el gravamen de acuerdo a lo establecido en
la Resolución 80/2004
5. ¿Con posterioridad al 9 de abril podrán abrirse cuentas
en dólares en nuestro sistema bancario?
A
partir del 9 de abril podrán abrirse cuentas en dólares en
las que solo se podrán realizar depósitos y extracciones de
efectivo en esa moneda; si se desea comprar pesos
convertibles con estos saldos habrá que pagar el gravamen
del 10% y enfrentar las nuevas condiciones de cambio
establecidas por el Acuerdo No. 15 del Comité de Política
Monetaria del BCC.
6. ¿Qué sucederá con los depósitos a plazos fijos en
dólares, constituidos antes del 15 noviembre?
Los depósitos a plazos fijos en dólares constituidos antes
del 15 de noviembre se respetarán totalmente de acuerdo a lo
establecido en la Resolución 80, es decir, seguirán exentos
del gravamen del 10% y además mantendrán una tasa de cambio
de uno por uno entre dólares y pesos cubanos convertibles;
de igual forma se conservarán las condiciones pactadas por
sus titulares en el momento de la creación de estas cuentas.
Estos depósitos se podrán renovar tantas veces como desee el
cliente sin perder estas prerrogativas
7. ¿Qué sucederá con los depósitos a plazos fijos en
dólares, constituidos después del 15 noviembre y antes del 9
abril?
Continuarán funcionando como hasta el momento; al vencerse
el término establecido los saldos acumulados podrán ser
extraídos directamente en dólares o ser canjeados a pesos
cubanos convertibles a la tasa uno por uno, aplicándole el
gravamen del 10 por ciento. Bajo esta alternativa, el
titular de la cuenta no se afectaría por la nueva
devaluación del dólar frente al peso cubano convertible.
8. ¿Se penaliza la tenencia de moneda libremente
convertible, y en particular el dólar de
EE.UU.?
No, la población podrá mantener en su poder, sin
restricciones de ningún tipo al igual que hasta el momento,
dólares de EE.UU. o cualquier
otra moneda libremente convertible en cualquier cantidad.